Santo Domingo.- El Gobierno dominicano ha entregado un total de RD 4,794,483,541.06 dirigidos a 25,359 familias que han sido beneficiadas, desde agosto del 2020, para adquirir viviendas de bajo costo a través del Bono Vivienda que se emite a través de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Estos bonos, dirigidos a las familias dominicanas para que puedan tener un espacio digno, se han entregado en tiempo récord, en apego a la política dispuesta por el presidente Luis Abinader, de priorizar la parte más importante de nuestra sociedad que es el hogar.
En lo que va de este año 2024 y durante todo el 2023, la DGII ha pagado RD 1,986,346,097 por concepto de bonos para viviendas de bajo costo, en beneficio para 9,038 familias.
La institución indicó que durante el año 2023 pagó RD 1,652,760,418.09, con lo cual han contribuido a que 7,662 familias cuenten con su primera vivienda. Esta es la cifra más alta desde la creación de la mencionada iniciativa.
En el presente 2024 ya se han desembolsado RD 333,585,697.87 distribuidos en 1,402 familias.
Asimismo, en el año 2022 pagó un monto RD 844,681,058.96, para beneficio de 4,612 familias. Mientras que en el 2021 realizó un desembolso de RD 1,156,474,105.46 destinado a 7,059 familias.
Para el año 2020 realizó el pago de RD 706,982,278.68, con los cuales fueron beneficiadas 4,650 familias.
Esto se suma a los esfuerzos que se hacen desde el Ministerio de la Vivienda y el Ministerio de la Presidencia, para la entrega de más de 10,000 hogares construidos por el propio Gobierno.
Sube tope
A partir de este año el precio máximo de una vivienda de bajo costo aumentó en 173,169.55 pesos por unidad habitacional, pasando de RD 4,852,211.2 a RD 5,025,380.75, un incremento equivalente a 3.56 % por ajuste por inflación, conforme a los datos publicados por el Banco Central. Al 2020 el tope de estas era de RD 3,627,969.76.
El bono para viviendas de bajo costo es un incentivo que se otorga a los solicitantes para facilitar la adquisición de estas. Dicho incentivo podrá utilizarse para completar el inicial de la vivienda o aplicarse al capital insoluto del préstamo, en caso de que el adquirente haya completado el inicial.